La educación es un derecho establecido en la Constitución argentina. En nuestro país, en efecto, es obligatoria desde los 4 años hasta completar el nivel secundario.
La idea de la educación como un derecho se origina a fines del siglo XIX, con la promulgación de la Ley 1420 durante la presidencia de Julio Argentino Roca, que establece la educación primaria común, gratuita y obligatoria. A nivel internacional, la legislación también avala la educación obligatoria. Los países que no consagran ese derecho (Bután, Papúa Nueva Guinea e Islas Salomón) tienen altas tasas de analfabetismo y trabajo infantil.
Educación obligatoria en Argentina
En las últimas horas, el diputado nacional por La Libertad Avanza (LLA), Alberto “Bertie” Benegas Lynch, dijo: “No creo en la obligatoriedad de la educación”. Y agregó: “Vos a tu hijo le querés dar lo mejor y muchas veces puede pasar, y sobre todo en la Argentina, que no te podés dar el lujo de mandar a tu hijo al colegio porque lo necesitás en el taller con el padre trabajando. ¿Cómo va a ser el Estado quien decida sobre el chico?”.
Con respecto a estas declaraciones, el presidente de la Nación Javier Milei señaló que no estaba de acuerdo con esos dichos. Sin embargo, en más de una oportunidad, Milei afirmó estar en contra de la obligatoriedad de la educación. A raíz de estos dichos, varios especialistas, políticos y hasta funcionarios oficialistas salieron a responderle a Benegas Lynch. Entre estos últimos, Sandra Pettovello, ministra de Capital Humano de la Nación.
La educación es un derecho garantizado por la Constitución Nacional
La educación es un derecho establecido en la Constitución Nacional Argentina en su artículo 14, en donde se explicita que todos los habitantes de la Nación poseen el derecho “de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender”.
Además, la Ley de Educación Nacional, sancionada en 2006, establece, entre otros puntos, que “la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado”. En ese sentido, la norma explicita que “el Estado nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho, con la participación de las organizaciones sociales y las familias”.
La educación como un derecho
La idea de la educación como un derecho aparece a fines del siglo XIX, con la promulgación de la Ley 1420 durante la presidencia de Julio Argentino Roca, que establece la educación primaria común, gratuita y obligatoria.
“Es considerada la ley educativa más importante, por lo menos hasta muy avanzado el siglo XX, porque estableció la idea de que todos los ciudadanos, fuera quien fuera, todos los niños de esta país, hombres y mujeres, nativos, inmigrantes, rurales o urbanos, pobres o ricos, debían concurrir a la misma escuela, en igualdad de condiciones, aprender lo mismo, para formarse como ciudadanos y poder ejercer sus derechos”, explicó el doctor en Educación (UBA), Pablo Pineau.
En nuestro país, la educación, en efecto, es obligatoria desde los 4 años hasta completar el nivel secundario.
En otros países
A nivel internacional, la legislación también avala la educación obligatoria. “La educación es en sí misma un derecho emancipador y uno de los instrumentos más potentes que permite que los niños y los adultos marginados económica y socialmente puedan salir de la pobreza y participar plenamente en la sociedad”, señalan desde la Unesco.
La obligatoriedad en la educación no se da sólo en la Argentina, sino que es un derecho humano fundamental y está ligado a la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) y a muchos otros instrumentos internacionales en derechos humanos (acá y acá).
Además, en 1989, se promulgó la Convención sobre los Derechos del Niño que reconoce a todas las personas menores de 18 años como sujetos de pleno derecho. “Cada niño tiene derecho a recibir una educación. La educación primaria debería ser gratuita. La educación secundaria y superior deben estar al alcance de todos los niños”, señala el apartado 28, dedicado a la educación.
La Argentina ratificó la Convención en 1990 y 4 años después le otorgó rango constitucional tras el Pacto de Olivos. Desde entonces, el Estado argentino está obligado a garantizar todos los derechos establecidos en la Convención a todos los niños, niñas y adolescentes que viven en nuestro país.
Mayor analfabetismo en los países donde la educación no es obligatoria
“El mundo entiende que la educación debe ser obligatoria (salvo Bután, Papúa Nueva Guinea e Islas Salomón, donde no lo es)”, señaló en su cuenta de X Germán Lodola, ex secretario de Evaluación e Información Educativa del Ministerio de Educación de la Nación.
En Papúa Guinea, la educación no es obligatoria. Según la ONG internacional Humanium (fundada en Suiza en 2008 y cuyo objetivo es defender los Derechos del Niño), en este país la educación es gratuita durante los dos primeros años de primaria. Muchos niños, por lo tanto, tienen poco o nulo acceso a ella. En consecuencia, más del 30% de los jóvenes de 15 a 24 años son analfabetos.
Los niños que viven en regiones rurales están más afectados por la desescolarización. Menos del 50% de ellos van a la escuela y solo la mitad termina el ciclo de primaria. Las niñas son menos susceptibles de seguir una educación completa, víctimas especialmente de abusos sexuales en el colegio o en el camino al mismo.
En Bután, 1 de cada 10 niños no recibe educación. “Las familias más pobres eligen que sus hijos trabajen y generen un ingreso, antes de mandarlos al colegio donde serían económicamente inútiles”, explica Humanium en su informe sobre dicho país. En cuanto a las Islas Salomón, el organismo internacional señala que “el hecho de que la educación no sea obligatoria supone que nunca ha existido una edad fija para la admisión y finalización de la educación primaria”.
La obligatoriedad de la educación reposiciona el papel de las mujeres en el ámbito público y privado
Antes de la implementación de la Ley 1420, el papel de la mujer estaba relegado al espacio privado, la vida íntima de la familia, el cuidado de las hijas y los hijos.
“Las mujeres de la elite social tenían acceso a educación y cultura, la que se impartía domésticamente con tutores, ya que protocolarmente tenían que ser excelentes acompañantes de los hombres; las que no, debían saber cocinar, bordar, criar hijas e hijos, atender al hombre, ser silenciosas y recatadas”, explicó Josefina Ganuza, profesora en Letras, docente de la cátedra Lengua y Literatura. Agregó que la Ley 1420 fue un factor importante en el reposicionamiento de la mujer en el espacio público porque habilitó el acceso a la educación de manera universal, laica, gratuita: “Hasta su promulgación, sólo accedían al conocimiento los varones de clases acomodadas”.
Fuente: Delfina Corti (chequeado.com)

