El magistrado Martín Cormick dispuso una medida cautelar que dejó provisoriamente sin efecto el Decreto 759/2025, que había condicionado la aplicación de la Ley de Financiamiento Educativo y de Recomposición del Salario Docente. Como consecuencia de ello, ordena a la Casa Rosada a cumplir “de forma inmediata con lo dispuesto en los artículos 5° y 6° de la Ley 27.795”.
El plazo de esta resolución judicial se extenderá hasta el dictado de la sentencia.
Presupuesto
La cautelar, es de destacar, fue presentada, entre otros, por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y los gremios y de federaciones docentes y noDocentes de las universidades públicas argentinas.
“Admitir la cautelar solicitada por la actora declarando inaplicable a su respecto, lo dispuesto en el decreto 795/2023 aquí impugnado en cuanto dispone al promulgar la Ley 27.795 que …por imperio de lo dispuesto por el artículo 5° de la ley 24.629, quedará suspendida en su ejecución hasta tanto el H. CONGRESO DE LA NACION, determine las fuentes de su financiamiento e incluya en el presupuesto nacional las partidas que permitan afrontar las erogaciones que su implementación requiere», sostiene el Juzgado.
El fallo destacó que la cautelar requerida tenía carácter innovativo, ya que la parte actora solicitó “la orden de cumplimiento inmediato” de disposiciones de la ley 27.795 vinculadas a la actualización de las remesas destinadas al pago de salarios docentes y becas estudiantiles. Según el juez, este tipo de medidas “constituye una decisión excepcional porque altera el estado de hecho y de derecho existente al tiempo de su dictado y configura -en consecuencia- un anticipo de jurisdicción favorable respecto de un fallo final”.

