La participación estudiantil en los centro de estudiantes es un derecho. En Argentina hay varias leyes que los regulan y avalan. En Córdoba está la Resolución N° 124/2010.
Los centros de estudiantes son los espacios de representación democrática y legítima del estudiantado.
Es el órgano de la escuela que lleva la voz de las y los estudiantes a distintos espacios, tanto dentro como fuera de la institución. Se busca así que las decisiones tomadas en la escuela tengan en cuenta la opinión, las propuestas y demandas de quienes estudian en ella.
¿Cómo funciona un centro de estudiantes?
Un centro de estudiantes tiene una estructura específica y una forma de funcionamiento particular. Algunos componentes básicos son estos:
Estatuto: es el documento que, aprobado por el estudiantado de toda la institución, regula el funcionamiento, los deberes y derechos del CE. Tiene la estructura de un texto normativo, con incisos, artículos, capítulos y títulos. Debe enmarcarse en la normativa nacional y jurisdiccional.
Comisión directiva: es el órgano ejecutivo del CE, que usualmente se compone de los siguientes cargos: presidencia, vicepresidencia, secretaría general, vicesecretaría general, tesorería y vocalía. Estos cargos se establecen en el estatuto; y se pueden agregar o quitar algunos.
Cuerpo de delegadas/os: en cada curso o aula, se designa un/a delegado/a titular y otro/a suplente. Así, se conforma el cuerpo, cuyo funcionamiento se establece en el estatuto y, a veces, también en alguna resolución aprobada por mayoría.
Junta electoral: este órgano lleva adelante el proceso eleccionario, garantizando transparencia y legitimidad en los resultados. También interviene en la presentación de las listas para asegurar que estén en línea con lo que marca el estatuto.
Asambleas: generalmente, se convoca a una asamblea general estudiantil (de toda la escuela) para tratar asuntos de extrema importancia. A veces, se convoca a una asamblea a principios de año y otra hacia el cierre del ciclo lectivo y se evalúan problemáticas, propuestas e ideas para abordar diferentes situaciones.
Elecciones: es el proceso para elegir a las personas que integrarán la comisión directiva del CE. La junta electoral debe garantizar que se realicen de la mejor manera posible.
Estas estructuras, si bien son las habituales, no son iguales en todas las escuelas.
¿Con que trabaja el centro de estudiantes?
Hay tres líneas de trabajo que puede abordar un CE:
Acciones hacia el interior de la escuela: los CE contribuyen a optimizar el clima institucional de una escuela, promoviendo acciones para mejorar la convivencia, por ejemplo, o participando de la redacción de los acuerdos escolares. También pueden intervenir en situaciones complejas que involucren estudiantes.
Acciones en la comunidad: así como pueden generar propuestas para la escuela, los CE participan de proyectos, encuentros, movilizaciones y otras actividades en la comunidad, articulando con diversos actores de la sociedad (organismos estatales, sociedad civil, empresas, juntas vecinales o asambleas barriales, etc.), ya sea en el plano barrial, local, provincial o nacional. Incluso es posible generar redes de contactos y encuentro con estudiantes de otros países.
Promoción de la formación política: los CE, como espacios de representación política-gremial estudiantil, contribuyen a la formación política (tanto de sus representantes como de sus compañeras/os y otras/os estudiantes) y al ejercicio de la participación ciudadana y democrática. Es importante generar espacios de escucha, reflexión y debate en torno a las problemáticas que atraviesan a la juventud.
¿Qué normativas regulan la participación de los estudiantes?
La participación está regulada por un marco normativo específico, con leyes que garantizan y establecen el derecho de estudiantes y jóvenes a organizarse. A nivel nacional, existe la ley de Educación Nacional N.º 26.206/2006, ley Nacional de Centros de Estudiantes N.º 26.877/2013.
Además de la Ley Nacional de Convivencia Escolar N.º 26.892/2013 y la ley Nacional de Voto Joven N.º 26.774/2012.
Además de las leyes nacionales, existen leyes, resoluciones u otras normativas jurisdiccionales, que regulan y garantizan el derecho a la participación estudiantil en las provincias. En Córdoba existe la Resolución N.° 124/2010.
¿Qué hago si no me dejan armar el centro de estudiantes?
En primer lugar, debemos reconocer que la participación de estudiantes, docentes o de cualquier otro actor social, dentro y fuera de la escuela, implica la práctica política que busca compartir el poder de la toma de decisiones. Por eso muchas veces hay resistencias a la conformación de CE, ya sea por parte de equipos directivos o docentes.
A veces, es posible superar estas resistencias con un diálogo abierto entre las partes. Puede ser de ayuda buscar apoyo en un/a docente, madre, padre o cooperador/a escolar.
Sin embargo, si esto no sucede, debés saber siempre que crear un centro de estudiantes es un derecho legítimo y respaldado por la ley. Según cada jurisdicción, podés elevar reclamos a las supervisiones o direcciones de nivel y pedir la intervención de las autoridades educativas.
Fuente: educ.ar

