La Justicia admitió la suspensión cautelar, de manera provisoria, del Decreto 340/2025 (inciso f) que pretendía impedir el derecho de huelga. La medida, vigente hasta tanto haya una sentencia definitiva, es resultado del pedido realizado por la CTERA.
La sentencia implica la imposibilidad por parte del Gobierno Nacional de aplicar las disposiciones impugnadas. Esto significa que es inconstitucional la regulación que establece el DNU citado al calificar a la educación como “servicio esencial”, prohibiendo en la práctica el derecho de huelga.

