La última versión del polémico proyecto de Ley Ómnibus, además de cambios en varios campos, introdujo modificaciones de maquillaje en materia educativa. Fueron acordados con una parte de la oposición, los artículos replanteados alteran algunas las propuestas de La Libertad Avanza (LLA) en cuestiones vinculadas a la escolaridad a distancia, al financiamiento universitario, a los exámenes de desempeño, a las evaluaciones docentes y al salario mínimo, entre otros.
No se elimina ningún tema planteado originalmente pero, según establecen y limitan los alcances de sus artículos.
Limitaciones al paro docente y examen integrador con “cambios”
Las principales propuestas educativas del oficialismo se mantienen intactas, como, por ejemplo, la intención de declarar a la educación inicial, primaria y secundaria como un servicio esencial, lo que impactaría en el ejercicio del derecho a huelga. “El Estado Nacional tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer los medios para garantizar una educación integral, permanente, gratuita y de calidad, que profundice el ejercicio pleno de ese derecho y la igualdad real de oportunidades a todos los habitantes de la Nación”, se lee en el mismo artículo propuesto, rotulado como 2 bis de la Ley 26.206, de Educación Nacional.
Dentro del proyecto de ley debatido también sigue en pie la libertad de las universidades públicas para decidir arancelar los estudios superiores de los extranjeros que no sean residentes permanentes, y, a su vez, la obligación de que las instituciones elaboren un examen que permita a los estudiantes que lo aprueben ingresar directamente, sin necesidad de realizar el proceso de nivelación o curso de ingreso.
Examen integrador de fin de curso y evaluaciones periódicas
Entre esos cambios de maquillaje consensuados se limita los alcances de la iniciativa de LLA de implementar un examen integrador para los alumnos que finalizan el secundario. Originalmente, el proyecto aclaraba que esta prueba, de carácter obligatoria, tendría como objetivo medir los “aprendizajes adquiridos y las capacidades desarrolladas por los adolescentes que egresan”, y que cada alumno tendría derecho a “conocer y recibir una certificación del resultado”. La oposición accedió a mantener la redacción, pero pidió agregar una última línea que aclarase que “dicho examen no será condicionante para la prosecución de los estudios del egresado evaluado”.
Las modificaciones finales también abarcan la temática de la educación a distancia y la híbrida. El proyecto original permitía que, como una alternativa a la presencialidad, los estudiantes pudieran seguir, a partir del segundo ciclo del nivel primario, una modalidad de “estudios a distancia”. Finalmente, se consensuó que este tipo de modalidad solo pueda impartirse durante el secundario.
En cuanto a los estudios híbridos, la versión final de la ley ómnibus explicita que “podrán desarrollarse a partir del segundo ciclo del nivel primario en las distintas modalidades educativas, siempre de forma adicional a la educación presencial obligatoria mínima de cada año y modalidad, para materias extraprogramáticas o situaciones excepcionales que impidan el desarrollo curricular de forma presencial”. Además, según fue redactado en la versión final, los estudiantes de todos los niveles deberán ser evaluados con una periodicidad no mayor a los dos años en las áreas que determine la autoridad de aplicación.
Fomentar la competencia entre las escuelas
El proyecto contemplaba, siguiendo el mismo espíritu de generar competitividad entre las escuelas, que los datos y estadísticas elaboradas a partir de los exámenes estudiantiles estuvieran disponibles para los padres y docentes, con el objetivo de que pudieran “tomar decisiones a fin de mejorar la educación de sus hijos y alumnos”. El proyecto original contemplaba que se resguardaría la identidad de los alumnos evaluados. Sin embargo, en la versión final se agregó, a su vez, la confidencialidad de los docentes y de las escuelas censadas.
La Ley Ómnibus también propone exámenes integradores para evaluar a los docentes antes de que comiencen a trabajar, con la intención de certificar “las capacidades y conocimientos adquiridos” durante su formación y también evaluaciones periódicas –cada cinco años– a lo largo de su carrera docente. Mientras que el proyecto original proponía que estas evaluaciones fueran “una condición y un aliciente para poder desempeñarse como docentes en el país”, la versión final quitó esta frase, y agregó: “Esta evaluación periódica será una condición y posibilitará la percepción de suplementos salariales a la actividad docente”.
En cuanto a las paritarias docentes, el proyecto de ley aclara que, dentro de la órbita pública, el salario mínimo será acordado junto con la representación nacional de los gremios. Este artículo tiene como intención quitarle poder a los sindicatos distritales o provinciales.
Fuente: La Nación.

