“Tutela Pedagógica pre Profesional”: habilitan a estudiantes avanzados de IFD a ingresar al sistema y UEPC la rechaza

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El Ministerio de Educación publicó una resolución que habilita a estudiantes avanzados de los Institutos de Formación (IFD) a ingresar al sistema a dictar clases en el secundario. La Tutela pedagógica pre Profesional, según la resolución 327/2024, tiene como propósito “habilitar a los/as estudiantes que cursan el 4° Año de la Práctica Docente IV y Residencia, que reúnan ciertos requisitos, acceder a la cobertura de cargos (maestra/o) u horas cátedra -Nivel Secundario y/o modalidades- y recibir una beca estímulo».

Para la UEPC, por el contrario, es “una manera ilegal de encubrir la precarización laboral docente” ya que “transgrede la legislación laboral” y “a la vez atenta contra la posibilidad de los aspirantes a la docencia que ya cuentan con un título a acceder en condiciones justas y adecuadas”.

“Tutela Pedagógica pre Profesional”

Con fecha 30 de agosto, se publicó en el Boletín Oficial las características principales de esta resolución que en su articulado describe “implementar en el marco del Programa “Construir docencia: Aprendizajes en servicio”, el dispositivo: “TUTELA PEDAGÓGICA PRE PROFESIONAL” que se integra al dispositivo dispuesto en la Resolución Ministerial 256/24” para que “tenga como propósito habilitar a los/as estudiantes que cursan el 4° año de la Práctica Docente IV y Residencia que reúnan ciertos requisitos, acceder a la cobertura de cargos (maestra/o) u horas cátedra -Nivel Secundario y/o modalidades- y recibir una beca estímulo, en establecimientos educativos”.

Para ello, además, un artículo instruye a las Direcciones Generales de Niveles y/o Modalidades, la implementación del dispositivo y que “arbitre todos los medios necesarios para que el mismo se desarrolle en cada escuela sin impedimentos pedagógicos ni de otra índole que inhabiliten a los/as estudiantes de formación docente, en su desarrollo profesional”.

UEPC: “Una manera ilegal de encubrir la precarización laboral docente”

La UEPC argumenta su oposición diciendo que esta figura “está encubriendo lo que constituye en términos formales y legales una relación contractual entre un empleador – Estado Provincial – y un trabajador que desenvolverá una tarea específica – dar clases” y que esta resolución “habilita a una persona que carece de titulación docente (título docente, supletorio y/o habilitante), a llevar adelante funciones propias del profesional docente; tal como lo prescribe la normativa vigente sobre el particular”.

Además, consigna que “promueve un procedimiento de ingreso a la carrera docente ajeno a la legislación vigente, porque vulnera el régimen de Ingreso, Permanencia, Ascenso y Retiro” y “genera una forma de pago cuestionable desde dos planos. Por un lado, reemplaza el salario como forma de pago por un sistema de beca, que carece de todos los componentes propios del salario”.

DOCUMENTO COMPLETO DE UEPC

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