Los jardines maternales podrán funcionar como “espacios recreativos y de estimulación para la temprana edad”.
El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad un protocolo que permite la habilitación de los Jardines Maternales.
Reconocen a los jardines como espacios que brindan una respuesta pedagógica “pero a su vez es para los niños también una contención emocional, más aún en éstos momentos tan particulares que nos encontramos atravesando”.
¿Qué dice el protocolo?
– Toda persona que ingrese debe llevar correctamente colocado de manera permanente un barbijo no quirúrgico y/o tapaboca. Esto incluye a quienes prestan algún servicio o realiza alguna actividad, como a los terceros que eventualmente ingresen al lugar.
– Los niños menores de 4 años no deberán usar tapabocas de manera obligatoria.
– La práctica de actividades recreativas y de estimulación está dirigida únicamente y exclusivamente a niños de dos 2 años de edad en adelante.
– La distancia personal mínima de dos metros debe ser respetada en todo momento en cualquier tipo de actividad.
– Debe generarse un programa de limpieza de las instalaciones debidamente organizado, que prevea al menos una limpieza profunda diaria de todo el establecimiento.
– Para ordenar el acceso, cada padre, madre o tutor deberá dejar al niño a dos metros de la puerta de entrada. Bajo ninguna circunstancia se permitirá el ingreso de éstos al Jardín.
– Cada espacio podrá llevar a cabo sus actividades con una concurrencia máxima de 1 niño por cada seis metros cuadrados, por cada sala o ambiente.
– Las actividades deberán ser desarrolladas de lunes a viernes entre las 9:00 hs y las 17:00 hs horas y las mismas se llevarán a cabo en fracciones o turnos de 2 horas de actividad, por 30 minutos de receso, que deberán ser dedicados exclusivamente a la limpieza.
– Bajo ninguna circunstancia, un niño puede permanecer más de 2 horas diarias en el Jardín, es decir, un máximo de 1 turno por día.