El presidente Javier Milei, a través del Decreto 117/24, dispuso la intervención por un año de los medios estatales que integran Radio y Televisión Argentina SA y la empresa Contenidos Públicos S.E., a cuyo cargo se encuentran las señales Paka Paka, Encuentro, Deport TV y la plataforma Contar.
Fueron designados Diego Martin Chaher, como interventor y Diego Sebastián Marias, como adjunto.
Las y los trabajadores de la comunicación y la educación, que hacen a diario los contenidos de la plataforma Educ.ar invitan a firmar un petitorio en defensa del sitio y su preocupación por el futuro.
Intervienen Educ.ar, Paka Paka y Encuentro
Esta intervención, haciendo algo de historia reciente, retrotrae el avance institucional de la Ley de Radiodifusión que establecía un directorio integrado por siete miembros, que debían acreditar idoneidad profesional en la materia. El presidente y un director eran designados directamente por el Poder Ejecutivo Nacional, tres directores a propuesta de la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, que eran seleccionados por ésta a propuesta de los bloques parlamentarios de los partidos políticos, correspondiendo uno a la primera minoría, uno a la segunda minoría y uno a la tercera minoría parlamentaria.
La nueva normativa, en relación a las facultades de los interventores «el detalle efectuado es solo enunciativo y no limita en modo alguno las funciones del Interventor y del Interventor Adjunto que puedan vincularse a otros aspectos regulatorios, a acciones de auditoría y sanciones, a aspectos económico-financieros y a la protección de los derechos de los usuarios».
En los art. 4 y 5 indican:
a. Elaborar un plan de reformulación, readecuación y acción para las sociedades, el cual deberá ser puesto a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
b. Evaluar, modificar el Estatuto para el Personal del organismo y/o aprobar uno nuevo.
c. Evaluar, modificar el régimen de administración de fondos, ampliando o reduciendo las partidas presupuestarias y/o aprobar uno nuevo.
d. Modificar el Reglamento de Contrataciones de obras, bienes y servicios del organismo y/o aprobar uno nuevo.
e. Modificar la denominación de los organismos, previa conformidad del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
f. Modificar la estructura orgánica y funcional, los organigramas correspondientes y los Regímenes Profesionales del Personal contratado, de planta permanente y de gabinete y/o aprobar una nueva.
g. Revisar la administración de compras y contrataciones.
h. Disponer una auditoría integral sobre el estado de las instalaciones, bienes que se recepcionan y estado de los mismos.
i. Presentar la rendición de cuentas.
j. Operar y mantener las sociedades, de modo de optimizar la gestión administrativa con miras a tornar sustentable dichas empresas.
k. Designar y remover a funcionarios y personal de cada una de las sociedades mencionadas.

