Ley Ómnibus: Será ley limitaciones a paros, examen integrador a estudiantes y evaluaciones a docentes

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En las próximas 48 horas la atención estará puesta en la Cámara de Diputados de la Nación. Comienza a tratarse la Ley Ómnibus y en materia educativa se destaca que por mayoría se limitar los paros docentes (servicio esencial), habrá examen integrador a estudiantes secundarios y evaluar a los docentes.

El proyecto final incluye modificaciones en materia educativa: financiamiento universitario, exámenes de desempeño, evaluaciones docentes y al salario mínimo, entre otros.

Ley Ómnibus

Las principales propuestas emanadas por el oficialismo se mantuvieron intactas: declarar a la educación inicial, primaria y secundaria como un servicio esencial, lo que impacta en el ejercicio del derecho a huelga. “El Estado Nacional tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer los medios para garantizar una educación integral, permanente, gratuita y de calidad, que profundice el ejercicio pleno de ese derecho y la igualdad real de oportunidades a todos los habitantes de la Nación”, se lee el artículo 2 bis de la Ley 26.206, de Educación Nacional.

Amaneció vallado el Congreso esta mañana

Continuó en pie la libertad de las universidades públicas para decidir arancelar los estudios superiores de los extranjeros que no sean residentes permanentes, y, a su vez, la obligación de que las instituciones elaboren un examen que permita a los estudiantes que lo aprueben ingresar directamente, sin necesidad de realizar el proceso de nivelación o curso de ingreso.

Examen integrador de fin de curso y evaluaciones periódicas

En cuanto a implementar un examen integrador para los alumnos que finalizan el secundario, originalmente, el proyecto aclaraba que esta prueba, de carácter obligatoria, tendría como objetivo medir los “aprendizajes adquiridos y las capacidades desarrolladas por los adolescentes que egresan”, y que cada alumno tendría derecho a “conocer y recibir una certificación del resultado”. La oposición accedió a mantener la redacción, pero pidió agregar una última línea que aclarase que “dicho examen no será condicionante para la prosecución de los estudios del egresado evaluado”.

Las modificaciones finales también abarcan la temática de la educación a distancia y la híbrida. El proyecto original permitía que, como una alternativa a la presencialidad, los estudiantes pudieran seguir, a partir del segundo ciclo del nivel primario, una modalidad de “estudios a distancia”. Finalmente, se consensuó que este tipo de modalidad solo pueda impartirse durante el secundario.

En cuanto a los estudios híbridos, la versión final de la ley ómnibus explicita que “podrán desarrollarse a partir del segundo ciclo del nivel primario en las distintas modalidades educativas, siempre de forma adicional a la educación presencial obligatoria mínima de cada año y modalidad, para materias extraprogramáticas o situaciones excepcionales que impidan el desarrollo curricular de forma presencial”. Los estudiantes de todos los niveles deberán ser evaluados con una periodicidad no mayor a los dos años en las áreas que determine la autoridad de aplicación.

Evaluar a docentes

El proyecto también propone exámenes integradores para evaluar a los docentes antes de que comiencen a trabajar, con la intención de certificar “las capacidades y conocimientos adquiridos” durante su formación y también evaluaciones periódicas –cada cinco años– a lo largo de su carrera docente. La versión agregó: “Esta evaluación periódica será una condición y posibilitará la percepción de suplementos salariales a la actividad docente”.

En cuanto a las paritarias docentes, el proyecto de ley aclara que, dentro de la órbita pública, el salario mínimo será acordado junto con la representación nacional de los gremios. Este artículo tiene como intención quitarle poder a los sindicatos distritales o provinciales.

¿Y las universidades?

Quedará aprobado, además, que el aporte del Estado nacional para las universidades de gestión estatal se distribuirá “en función del número de estudiantes matriculados en cada institución, el tipo de carrera ofrecida, el número de egresados, las áreas de vacancia…, la actividad científica y tecnológica y otros criterios que defina el Consejo Interuniversitario Nacional”.

Además, consigna que “se establecerán mecanismos de seguimiento y evaluación que permitan determinar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos. La asignación de recursos se efectuará de manera que se asegure el acceso a la educación superior en todo el territorio nacional, se fomente la calidad y pertinencia de la formación y se garantice la eficiencia en el uso de los recursos públicos. Este aporte del Estado nacional no puede ser disminuido ni reemplazado en ningún caso mediante recursos adicionales provenientes de otras fuentes no contempladas en el presupuesto anual general de la administración pública nacional. Siempre serán recursos complementarios”.

Fotos: Confederación de Medios (CMCC) – Regional Córdoba

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